Con el inicio del nuevo año fiscal de Colombia, que obliga a los ciudadanos a declarar la renta entre el 9 de agosto y el 19 de octubre, el tema de incluir la actividad financiera en billeteras digitales como Nequi y Daviplata ha cobrado relevancia durante el proceso. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) arrojó luz sobre este acuciante tema.

Primero lo primero…

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La entidad reveló que los depósitos de bajo monto dentro de estas plataformas se consideran transacciones y pueden ser sujetos a cobros adicionales en la declaración de renta, pues cumplen con las condiciones establecidas en el artículo 771-5 del Estatuto Tributario, que determina los medios de pago susceptibles de deducción para tributar.

La perspectiva de la Dian es que los depósitos realizados a través de canales digitales, como Nequi y Daviplata, están asociados a instituciones financieras reguladas y supervisadas adecuadamente por el sistema financiero.

En otras palabras, la Dian considera que los depósitos de bajo monto y los depósitos ordinarios, ofrecidos tanto por las Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos (Sedpe) como por los establecimientos de crédito, deben ser reconocidos como costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables.

A medida que se acercan los plazos de presentación de impuestos, los usuarios de estas y otras plataformas similares deben tener en cuenta que los pequeños depósitos pueden tener implicaciones fiscales. Evitar sorpresas de última hora y asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales es fundamental para evitar costes ocultos en el proceso.

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